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sábado, 8 de octubre de 2011
Biblioteca digital online del Ministerio de Educación de España
viernes, 7 de octubre de 2011
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Cómo romper la permanencia con tu operador móvil sin pagar
Cómo romper la permanencia con tu operador móvil sin pagar
Si se produce un incumplimiento en el contrato, te podrás marchar sin penalización
La penalización siempre será proporcional al tiempo que lleves con la operadora móvil. FOTO: © Yuri Arcurs - www.photaki.es
Si tu operador móvil te obliga a pagar por saltarte el contrato de permanencia, debes saber que no estás obligado a hacerlo. Te contamos los principales motivos por los que puedes cambiar de compañía sin pagar un céntimo.
1La obligada permanencia.
Cuando estableces un contrato con una operadora de telefonía móvil te atas también a un compromiso de permanencia. Normalmente suele ser de 18 meses y si no cumples con el trato, serás multado.
Lo que muchos usuarios no saben es que existen mecanismos para no tener que pagar al marcharse de la compañía antes de tiempo. Todo se reduce a un incumplimiento grave del contrato por parte de la operadora y tu bolsillo no se resentirá.
2¿Qué es un incumplimiento grave del contrato?
El incumplimiento grave del contrato puede producirse por diferentes motivos. Todos dejan en una situación de indefensión al consumidor, pero los más habituales son:
- Cambio en la tarifa
- Alta en servicios sin consentimiento del cliente
- Cobro de llamadas no realizadas
- Falta de cumplimiento de alguno de los compromisos pactados. Esto puede traducirse en una deficiencia de la calidad pactada, por ejemplo en servicios de navegación por internet.
Si se produce alguna de estas situaciones, el usuario tendrá derecho a abandonar la compañía sin ser penalizado por ello.
3Un mes para avisar al usuario.
Todas las compañías tienen la obligación de avisar con un mes de antelación sobre cualquier cambio sustancial que vayan a aplicar en tu contrato. "Durante este tiempo, el usuario tiene la posibilidad de aceptar las nuevas condiciones o de darse de baja", explica Antonino Joya, responsable de comunicación de la OCU. "El cambio en las condiciones se suele comunicar a través del correo electrónico o en la propia factura", advierten desde la OCU.
Si las operadores no cumplen con este plazo, también será un motivo al que el usuario se puede aferrar si desea abandonar su contrato sin ser penalizado.
4La devolución del móvil.
"Si decides abandonar a tu operador móvil por un cambio en las condiciones de contrato, debes saber que también tienes derecho a reclamar el importe de tu teléfono móvil. No obstante, si fue la compañía la que te regaló el aparato, deberás devolverlo", explica Rubén Sánchez, portavoz de Facua.
5La penalización.
La penalización al usuario por no cumplir con el compromiso de permanencia suele oscilar entre los 250 y los 350 euros.
Desde Facua aclaran que "la penalización tiene que ser equivalente al descuento que te han aplicado en el móvil que te venden; cómo máximo debe corresponder al valor de mercado del móvil".
En cualquier caso, "la penalización se prorratea a la baja por cada mes que vaya pasando", asegura el portavoz de esta organización. Si por ejemplo deseas darte de baja cuando llevas 17 meses de contrato, sólo tendrías que pagar la décimo séptima parte de la penalización total.
La OCU señala también que "la penalización se tiene que calcuar propocionalmente al tiempo que has permanecido en la compañia" y afirma que "muchos tribunales ya tienen en cuenta estas distinciones".
6¿Cómo debes actuar
"Deberás comunicar a la compañía telefónica, dejando constancia de ello a través de correo electrónico, burofax o fax con reporte, detallan desde CEACCU.
En tu reclamación no puede faltar:
- Tu voluntad de poner fin al contrato.
- El motivo.
- Instar a la compañía de que se abstenga de hacerte cualquier tipo de cargo como penalización o de incluirte en fichero de solvencia patrimonial.
7Y si la compañía insiste en cobrarte la penalización...
Entonces podrás ordenar a tu banco la devolución del recibo. Y si se te ha pasado el plazo, podrás reclamar directamente en el juzgado, sin necesidad de contratar abogado o procurador, utilizando el siguiente modelo de demanda.
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